Desde la asociación Jerez Plural manifestamos nuestra oposición a la realización de las obras en la forma prevista en el proyecto de Méndez Barragán Arquitectura (Santa Lucía ¡Vívelo!) por las siguientes razones:
1.- Compartimos que el parque de Santa Lucia ha de mantener la estructura que se planeó en la década de los años 30. Es esa la impronta y estructura, con las modificaciones que sean necesarias para actualizar los espacio a los nuevos tiempos, la que consideramos que se debería mantener.
2.- Consideramos que el proyecto planteado, con los nuevos elementos arquitectónicos añadidos, que nada tienen que ver con la arquitectura popular, incumple con el plan especial de protección del casco histórico. Para bien o para mal, ese es el Plan que regula la edificación en el casco histórico y del que nos beneficiamos y sufrimos todos los ciudadanos de Jerez y por coherencia, las mismas exigencias impuestas por el plan a cualquier actuación de un ciudadano en una edificación en el casco histórico han de ser observadas en las obras realizadas por el consistorio.
3.- Por ultimo estamos en contra de la forma en que se ha adjudicado el concurso de ideas (proyecto). Dice en el punto 1º del pliego de cláusulas del concurso que constituye el objeto del mismo la selección, según criterio de un jurado nombrado al efecto y de la propuesta más idónea para servir de base a la redacción del proyecto de remodelación del parque municipal de Santa lucía (tramo de muralla derrumbada en zona de templete de la música). Tanto en el pliego de cláusulas, como en la presentación del ganador del concurso realizada por el concejal de obras se estableció un importe de 200.000€ de inversión. El Ayuntamiento, pese a no ser ése el objeto del concurso de ideas que publicó, ha adjudicado el concurso al arquitecto que presentó una idea que supera con mucho ese presupuesto inicial y que ahora asciende a 1.352.000€. Sin embargo, la Alcaldesa declaró en el Pleno de 31 de mayo de 2018 (minuto 1:06) que esos 200.000€ se referían a la redacción del proyecto. Los honorarios del proyecto se valoran en un punto aparte (en el punto 7 de la base quinta). El propio concejal de obras no tenía claro qué responder a la pregunta sobre el coste de la obra en este mismo pleno porque, además, ya en la presentación que realizó a los medios sobre la propuesta ganadora al día siguiente de dictarse el fallo del jurado (febrero de 2018), manifestó este mismo concejal que el proyecto que había hecho el arquitecto era más ambicioso de lo que en principio se había presupuestado (sic) y que en principio se realizaría una primera fase de 200.000€. ¿Valen igual los honorarios de una obra de 200.000€ que los de una obra de 1.352.000€? No lo creemos, se han modificado las reglas del juego y con esta ventaja no han contado el resto de posibles arquitectos interesados, que no podían imaginar que el Ayuntamiento se iba a encontrar con un abultado superávit para poder variar a su antojo el objeto de la obra sin dar la publicidad obligatoria a esa variante tan suculenta.
4.-Existen otras muchas irregularidades en el concurso: la falta de publicación del resultado del concurso en el perfil del contratante y en el BOP, como preveían los propios pliegos (base cuarta), la no presentación del proyecto en el plazo previsto en la cláusula 5.6 (45 días desde la adjudicación definitiva) la falta de trasparencia no solo frente a los ciudadanos-usuarios últimos de ese espacio- sino frente a los concejales en la oposición. Irregularidades que se suman a la nula predisposición por parte del consistorio a plantear una consulta a los ciudadanos de Jerez sobre el proyecto del parque.