– “objeto del concurso … redacción del proyecto de remodelación del parque de Santa Lucía (Tramo de muralla derrumbada, en zona templete de la música).”
– “Presupuesto máximo total de la actuación 200.000 euros con IVA”
– “El ganador del concurso y adjudicatario del contrato no podrá ceder ni subcontratar los trabajos”
Sr. Concejal de Parques, Jardines, Obras y Urbanismo del Ayuntamiento:
23 de febrero de 2018: “Si es verdad, tenemos que apuntar que el proyecto que él ha hecho es más ambicioso de lo que en principio se ha presupuestado, digamos que conlleva al menos dos fases”
31 de mayo de 2018: “Sí que es cierto que desde el principio desde donde realmente queremos incidir más es pues en la zona pues más degradada y de camino pues darle un cambio a otras partes de nuestro querido parque de Santa Lucia. Se presentan dos técnicos, uno de Jerez y otro de Badajoz, gana el de Jerez como Uds. saben y nos presenta un macro proyecto que afecta pues a todo el parque. Un macro proyecto que hemos estado estudiando par a ver como lo podemos hacer en distintas fases, viendo pues el remanente de tesorería que tenemos, pues decidimos meterle, hacer dos fases, actualmente se van a hacer dos fases. La primera fase ya va contemplada en los presupuestos, es de 770.000€ o algo así creo … se da la paradoja que él, este técnico de Jerez de los Caballeros, va a trabajar conjuntamente con el que también se presentó al concurso, que en este caso es de Badajoz, con lo cual creo que vamos a estar mejor coordinados. Es verdad que el otro proyecto son gente que tienen más experiencia en el tema técnico y por supuesto van a llevar a cabo el proyecto de la mejor manera posible”
Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento:
31 de mayo de 2018: “… Lo que Ud. ha leído es para la redacción del proyecto, no para la obra … esos 200.000€ a los que Ud. se refiere, no es a la obra, es a la redacción del proyecto.”
Sr. Arquitecto ganador del concurso:
23 de febrero de 2018: “La primera fase sobre todo va a tratar sobre la urbanización del parque, es decir va a haber una zona pavimentada que va a unir el parque en sus dos entradas, y sobre todo es establecer una estructura de plazas que al final hilen todos los espacios que conforman el parque en este caso. Posteriormente, en la segunda fase, se incluirán otros usos y se abordará sobre todo el tema paisajístico y se terminará como de darle esa forma a la idea.”
29 de mayo de 2018: “Después la segunda fase, es una segunda fase que actúa, sobre todo, sobre el ajardinamiento. … La primera de las fases tiene un contenido económico aproximado de 788.541€, mientras que la segunda, tiene un contenido aproximado de 564.715€.”
Jurado del concurso:
El 22 de febrero de 2018: “Dado que el presupuesto es limitado, a la hora de actuar, se debe dar prioridad a la pavimentación de Florida, Plaza Circular y Plaza de Santa Lucia con el traslado de la estatua de Colon. Respecto a la entrada principal, se deberá reestudiar los caminos secundarios de la zona de entrada por calle de San Agustín, y posteriormente se continua con las fases previstas.”
Artículo 145. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Artículo 84. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa.
Artículo 86. No podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan.
Artículo 105. … los contratos del sector público sólo podrán modificarse cuando así se haya previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación.
«las cosas son tal y como son y no tal y como las partes aseguran que son»