Ante los injustificados ataques en redes sociales contra miembros de esta asociación por parte de personas que a su vez son los máximos representantes de nuestro Ayuntamiento, reproducimos íntegramente los fines y actividades que figuran en los estatutos de Jerez Plural:
Artículo 5 Los fines de la Asociación serán los siguientes:
Y para su consecución desarrollará las siguientes actividades:
Esperamos por parte de nuestros representantes institucionales el mismo respeto y educación que los ciudadan@s le tributamos. Reproducimos a continuación algunos artículos consagrados de nuestra Constitución:
Artículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Artículo 22
1. Se reconoce el derecho de asociación.
Artículo 21
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
Artículo 23
1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Artículo 20
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
Artículo 16
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.